COMISION BICAMERAL DE PRESUPUESTO
Artículo 216 (Constitución Nacional) DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN.
El proyecto de Ley del Presupuesto General de la Nación será presentado anualmente por el Poder Ejecutivo, a más tardar el primero de septiembre, y su consideración por el Congreso tendrá prioridad absoluta.